1 Composición y Órganos de Gobierno
1.1 Composición
Grupo de Informática Legal y Peritajes de AI2-Madrid.
Dirigido exclusivamente por AI2 Madrid
No tiene
personalidad jurídica
Funciones equivalentes a los
Colegios Profesionales
Nombramiento de miembros por
Junta Directiva de AI2 Madrid, a propuesta de la Mesa de
Peritajes
Miembros de Honor (de por vida)
Miembros
asesores (por periodo determinado)
Se pedirán
ciertos requisitos específicos (certificación de
formación y/o experiencia) para ser aceptado como
miembro de pleno derecho, y otros como miembro
colaborador
Periódicamente se re-certificarán los
miembros de pleno derecho y colaboradores
Miembros de
pleno derecho, con formación y experiencia certificadas
o Locales (socios AI2 Madrid) o Corresponsales (socios
AI2 Federadas)
Miembros colaboradores, expertos en
peritajes, y sin perjuicio de los miembros de pleno
derecho: Ingenieros, Ingenieros Técnicos, FP 1º,
2º y 3er ciclo en Informática, Profesionales en
informática u Otros profesionales
1.2 Junta Directiva
(JD) - AI2 Madrid -
Máximo órgano de gobierno
Supervisa y Valida la gestión de Infoperitos
Decide
en las Juntas Directivas periódicas
Informa a la
Asamblea Anual
Representación legal frente a
terceros
Elección / Renovación de Cargos o Comité
Deontológico, por 2/3 o Mesa de Peritajes, por 2/3
Orienta y Ratifica y las tareas y decisiones de la Mesa
de Peritajes
Valida o Revoca las decisiones del
Comité Deontológico, a instancia de parte
1.3 Mesa de
Peritajes (MP)
Peritos seleccionados por la Junta
Directiva en base a su experiencia y disponibilidad
Sus componentes sólo pueden ser parte de la Lista de
Peritos Judiciales
Debe ser preferentemente nº impar
y mayor de uno
Representa a Infoperitos ante terceros,
salvo a efectos legales
Dirige Infoperitos, tomando
las decisiones más convenientes
Coordina los
Peritajes con las AI2 Federadas, con Asociaciones
colaboradoras (ATI) y con terceros
Difunde y
promociona el Peritaje Informático. Impulsa y organiza
Formación, Conferencias, etc.
Aprueba el/los
Perito/s de cada Peritaje y lo sigue hasta su cierre, a
través del Gestor de Peritajes y de Listas de Peritos
Asegura la coordinación y supervisión técnica de
los Peritajes, a través de Coordinación y Supervisión
Técnica
Traslada situaciones al Comité
Deontológico
Sus decisiones son recurribles ante el
Comité Deontológico
1.3.1 Gestor de Peritajes y de
listas de Peritos (GPP)
Un responsable asignado por y
entre los miembros de la Mesa de Peritajes
Renovable
periódicamente
Ayuda al Cliente a obtener un buen
servicio de Peritajes
Ayuda a los Peritos en las
tareas organizativas y de gestión de Peritajes
Sus
decisiones son recurribles ante la Mesa de Peritajes
Nombra y renueva al Perito de Guardia
Asigna Peritos
Titulares y Peritos Colaboradores según este criterio,
de valoración conjunta:
* Por orden de lista, según
posición y grado de interés del Perito
* Por
adecuación al Peritaje § Basado en el Perfil y
Experiencia del perito. En su momento, se definirán los
criterios y el procedimiento de gestión de esta
información.
* Por petición del Cliente, según
trabajos previos
Seguimiento del ciclo de vida del
Peritaje, que continúa aún después de cesar como GPP:
Que el Peritaje comienza, Que está efectivamente
siendo efectuado por el Perito Titular PT asignado, Que se presenta el Peritaje a Coordinación y
Supervisión Técnica (CST) y Que se cierra el Peritaje
y se archivan los resultados o Comprobación final del
grado de satisfacción del Cliente
Si falla el Perito
Titular que asignó, y Si sigue siendo GPP, le asignará
otro Perito Titular. Si ya hay otro GPP, le pasa el
Peritaje.
1.3.2 Coordinación y Supervisión Técnica
(CST)
Hasta tres responsables asignados por y entre
los miembros de la Mesa de Peritajes
Compatible con
GPP
Renovable periódicamente
Ayuda al Cliente a
obtener un Peritaje de Calidad
Ayuda a los Peritos en
la realización técnica del Peritaje
Sus decisiones
son recurribles ante la Mesa de Peritajes
Coordinación de Peritajes; Proponer Códigos y Guías
de Buenas Prácticas; Preparar formación en Peritajes
o Fomentar las técnicas periciales; Difundir la
técnica pericial; Presentar propuestas, casos y
experiencias
Supervisión de Peritajes; Supervisar
técnicamente la realización del peritaje y los
criterios utilizados; Realizar sugerencias al perito; Redactar los Documentos
Técnicos y de Gestión apropiados
Emitir un informe
interno de Revisión del Peritaje: Forma parte de la
evaluación total
Del Perito de Guardia (PG)
Del
Perito Titular (PT)
De Peritos Colaboradores (PC),
sobre informe del PT o
¿Visado? o A estudiar en un futuro
1.4 Comité Deontológico (CD)
Miembros elegidos por
la (Junta Directiva)/(Asamblea), en base a su
profesionalidad contrastada, por periodos fijos.
Como
garantía de independencia, sus miembros no pueden ser
cesados durante su mandato
Quedan en suspenso
mientras sean miembros de la Mesa de Peritajes
Sus
miembros no precisan de cualificación como peritos, ni
siquiera de ser socios de AI2
Sus decisiones serán
tomadas en equidad, y serán recurribles ante la Junta
Directiva
A instancia de parte, Validación /
Revocación de decisiones de la Mesa de Peritajes
Tipificación y Gestión de Faltas, en primera instancia
Aplicando el Código de Práctica y Conducta, se
asignará:
Falta Leve (FL) § El CD puede decidir
otorgar una FL a un perito frente a rechazo
injustificado de peritajes, actuaciones que signifiquen
incumplimientos del presente Reglamento, del Código de
Práctica y Conducta, o que se considere merecedoras de
ello § 2 FL en 12 meses = 1 FG § Sanciones:
Apercibimiento, pérdida de turno y/o multa § Caduca a
los 6 meses
Falta Grave (FG) § El CD puede decidir
otorgar una FG a un perito frente a actuaciones graves,
que dañen la imagen y buen nombre de Infoperitos § 2
FG en 12 meses = 1 FMG § Inhabilitación de 1 a 3
meses, pérdida de turno y/o multa § Caducan al año,
contando a partir del final de la sanción
Falta Muy
Grave (FMG) § El CD puede decidir expulsar a un perito
frente a actuaciones extremadamente graves, que dañen
seriamente la imagen y buen nombre de Infoperitos §
Inhabilitación de 3 meses a indefinida, pérdida de
turno y/o multa § Caducan a los dos años, contando a
partir del final de la sanción
2 Listas y Peritos
Formadas por los peritos pertenecientes a Infoperitos
Cada vez que un perito de una lista controlada por la
GPP sea asignado a un peritaje, le correrá el turno,
pasando al final de esa lista. (Excepción: Peritajes
por Captación de Cliente)
Hay dos listas de
pertenencia voluntaria: Peritos de Guardia (LPG) y Lista
de Peritos Libre (LPL)
Las nuevas inclusiones pasan
al final de la lista
La Mesa de Peritajes evalúa la
solicitud de la inclusión / exclusión de la lista, que
puede ser: § Aceptada § Aceptada con carácter
provisional (temporalmente) o con condiciones (PT
<> PC) § Rechazada
2.1 Lista de Peritos a
requerimiento Judicial (LPJ)
Peritos que el Juez
selecciona, bajo apercibimiento legal
Pertenencia
obligatoria de TODOS los miembros.
Se puede solicitar
la exclusión temporal por motivos justificados
Si se
está excluido temporalmente, Se suspende la
pertenencia a la LPG. Cuando se reincorpora, el GPP
determinará el puesto en la lista
Cada envío de la
lista completa a Juzgados y Entidades tendrá una
clasificación aleatoria distinta
2.2 Perito de Guardia
(PG)
Lo ideal es que haya un Perito de Guardia
Titular (PG-T) y uno o más Peritos de Guardia Suplentes
(PG-S)
Corre turno en cada periodo, o cuando se le
adjudique un peritaje, y el GPP así lo considere
oportuno.
Al correr turno, el GPP selecciona al
primero de la lista como el nuevo PG-T, pasando el
saliente a PG-S, y sale el PG-S mas antiguo
Alta
disponibilidad horaria y de movilidad
Puede pertenece
a cualquier otra Lista de Peritos (sin privilegios)
Funciones: Primera Asistencia a Peritajes en
representación de Infoperitos o Peritajes URGENTES:
Primer Candidato o Peritajes SIN ADJUDICAR (por falta de
peritos, etc.) § Adjudicado por decisión del GPP §
Puede pedir que la Mesa de Peritajes rechace la
realización del Peritaje o Peritajes NORMALES: Sin
privilegios, aunque realice la Visita Inicial
2.3 Perito
Titular (PT)
Perito responsable de un peritaje
Es
necesario que posea cualificación y experiencia
completa y contrastada para el Peritaje de que se trate
Miembro de pleno derecho de Infoperitos, salvo
excepción
2.4 Perito Colaborador (PC)
Peritos que
colaboran con el Perito Titular en aquellos peritajes en
que sea necesario o recomendable
No es necesario que
sea miembro de AI2
No es necesario que posea
cualificación y experiencia completa y contrastada
Colaboran con los miembros de pleno derecho de
Infoperitos
3 Procedimiento a requerimiento Judicial
Se basa en la Lista de Peritos Judiciales (LPJ) o La
gestiona el GPP o Se envía la Lista de Peritos a
Juzgados, Bufetes, Organismos, etc.
Bajo petición,
se suministran: o listas actualizadas o listas cortas o
ternas de peritos
No hay control del orden de
citación de los juzgados
El Juez selecciona al
Perito, bajo apercibimiento legal, que puede aceptar o
excusarse
Hay que comunicar aceptación como Perito
Titular al GPP
Si se excusa, el GPP puede: Hacerle
correr el turno de la LPJ. Intentar, a petición del
Juzgado, localizar a otro/s Perito/s y/o Perito de
Guardia. Informar al Comité Deontológico, quien
procede
El Perito Titular: Ha de mantener informado
al GPP y Presentar el peritaje al Coordinación y
Supervisión Técnica
4 Procedimiento Libre
Mecanismo
para definir las funciones y responsabilidades entre los
diferentes roles.
4.1 Gestión de Captación
Si el
nuevo cliente ha sido captado por un perito
perteneciente a Infoperitos: Actuará como Perito de
Guardia (PG) : § Sólo si lo desea § Si lo rechaza,
acompañará al PG en la visita inicial al cliente, para
introducirle en la nueva cuenta (salvo impedimentos). Actuará como Perito Titular (PT) para la realización
de dicho peritaje: § Sólo si lo desea § Siempre que
reúna las condiciones necesarias para su realización. En caso contrario, y si el peritaje lo realizase un
equipo de peritos, pertenecería al equipo según sus
características § No le correrá el turno en la lista
correspondiente
4.2 Visita Inicial al Cliente
Opcional. La ordena el Gestor de Listas de Peritos si
los requisitos del cliente no son lo suficientemente
explícitos para asignar con garantías a un Perito
La hace el Perito de Guardia
Determinación de los
requisitos técnicos para realizar el peritaje
Asesoramiento inicial al Cliente
4.3
Asignación/Aceptación de Peritos
Asignación por el
Gestor de Listas de Peritos (GPP):
Perito Titular (PT)
§ Según criterios definidos en la función GPP
En
caso de urgencia, el GPP lo puede asignar directamente
al PG, si reúne cualificaciones
Perito/s
Colaborador/es (PC) § opcional § bajo criterio del GPP,
por recomendación del PG. El GPP puede consultar a
CST § bajo solicitud del PT § en función de cada caso,
como: volumen excesivo para una persona, tiempo excesivo,
simultaneidad de actuaciones [Ej. registros
judiciales de piratería informática] complejidad del
asunto a estudiar [Ej. Entornos heterogéneos,
multiplataforma, etc.], u otros
Aceptación de los
Peritos PT y PC asignados:
Si se acepta un peritaje:
§ Se firma Documento de Aceptación, para el GPP § se
pasa al final de la lista
Si se rechaza un peritaje:
§ se pasa al final de la lista § El GPP informa al
Comité Deontológico, quien procede § El GPP repite el
procedimiento de Asignación
4.4 Presentación de
Propuesta de Peritaje
Por el Perito Titular
4.5
Realización del Peritaje
Por el Perito Titular
Dirección completa y facultativa del peritaje § Es el
titular de la responsabilidad. Funciones: § Reuniones
con el Cliente (salvo acuerdo interno entre los peritos)
§ Pruebas periciales facultativas § Redacción del
documento pericial § OBLIGATORIA LA DEFENSA DEL
DICTAMEN EN JUZGADOS O TRIBUNALES ARBITRALES
Por
el/los Peritos Colaboradores
Seguir indicaciones del PT o Funciones: §
Colaboración con el PT § Pruebas periciales
4.6
Revisión del Peritaje
Por Control y Supervisión
Técnica (CST)
OBLIGATORIO
Máximo 1 ó 2 semanas
de plazo: Se realizará por procedimiento de urgencia
(1 o 2 días) a convenir con CST
Documento de Recomendaciones, si fuera necesario
Dejar una copia del dictamen para el archivo histórico,
preferentemente en CD-rom
4.7 Cierre del Peritaje
Por
el Perito Titular
A la entrega del Informe Pericial
Comunicar al GPP, para cierre administrativo del
Peritaje
5
Privacidad y confidencialidad
(Artículo
añadido siguiendo la decisión de la Junta Directiva de
AI2 Madrid, Abril 2004)
5.1 Confidencialidad
Toda la información personal relativa a los peritajes
y, en concreto, la referente a la identidad de las
personas físicas o jurídicas involucradas, tendrá carácter
confidencial y como tal será tratada por Infoperitos.
En las comunicaciones internas o externas de Infoperitos
nunca se utilizarán informaciones que permitan
identificar a entidades ni personas que hayan
solicitado, o estén directamente relacionadas con el
peritaje. Las únicas excepciones derivan de la
identificación de los peritos, las disposiciones de
este reglamento (como revisión de peritajes) y las que
legalmente sean aplicables.
Se requerirá autorización previa y expresa para
incluir a cualquier entidad o persona en cualquier lista
de referencias de índole pericial.
5.1 Privacidad
El perito utilizará normalmente su nombre y apellidos,
así como su número de inscripción en el Colegio o
Asociación de Ingenieros en Informática respectivo,
para firmar un peritaje.
En caso que por la índole del peritajes (ej: casos
penales a requerimiento gubernativo) convenga preservar
su privacidad, podrá utilizar solamente su número de
inscripción, u otro número suficientemente
identificativo a efectos legales.
Reglamento
siguiendo la decisión de la Asamblea AI2 Madrid del 24
Junio 2003, actualizado en Abril 2004